La querella de Europa Press y 'Diario de Mallorca' califica el auto del juez de "ataque letal" para la vida en democracia.
Pongamonos en situación "La Policía acusa al Grupo Cursach de defraudar 51 millones a Hacienda y otros 14 a la Seguridad Social", difundida por Europa Press y Diario de Mallorca el 5 de julio de este año.
Ahora viene lo bueno.
- Somos la Policía Nacional y venimos a por los teléfonos móviles, ordenadores y todo soporte que contenga información sobre lo publicado del Grupo Cursah. Traemos la Orden Judicial firmada por el juez de Instrucción número 6 de Palma de Mallorca, Miguel Jesús Florit Mullet; vamos a registrar todas las dependencias, hagan sitio por favor.
No es una película de serie americana cuando llega el FBI, es España, donde hemos celebrado los cuarenta años de Constitución y en ella se reconoce el derecho al secreto profesional del periodista, que cubre las fuentes de conocimiento de los hechos sobre los que se proyecta su trabajo, se encuentra reconocido por el artículo 10.1 d) de nuestra Carta Magna, "el cual constituye un pilar esencial del derecho fundamental a la información veraz en un Estado democrático, derecho fundamental que es no solo del periodista y de los medios de difusión , "sino que se establece en interés de la ciudadanía".
El registro continua y la Policía Nacional se lleva los teléfonos móviles y los ordenadores de los periodistas implicados. Se disparan todas las alarmas y nos viene a la memoria el "encarcelamiento de los titiriteros", por la petición fiscal y el concurso de un juez de instrucción. La prensa internacional se moviliza y protesta por la vulneración de un derecho fundamental. La fiscal General del Estado, a preguntas de los periodistas, se escabulle con frases inconexas y el CGPJ mira para otro lado. Total ya estamos en fiestas y se pasará pronto.
Pese a que se les manifestó, a los agentes de la Policía Nacional en reiteradas ocasiones, que dicha actuación violaba el secreto profesional, en ejecución del auto judicial se incautó del teléfono móvil de la periodista Blanca Pou, junto con su tarjeta SIM y su tarjeta, dos ordenadores propiedad de la empresa, un pendrive de la citada periodista y diversa documentación en papel.
Asimismo, los citados agentes le exigieron que les facilitase las claves de acceso a dicho teléfono móvil, la tarjeta SIM y la caja fuerte de Android del mismo, que dicha periodista se vio obligada a facilitar.
Por lo que respecta al Diario de Mallorca, ese mismo 11 de diciembre se requirió al periodista de este periódico José Francisco Mestre, también por agentes de la Policía Nacional, la entrega de su teléfono móvil y sus claves de desbloqueo, después de convocarle para que acudiera a la sede de los Juzgados.
Obtenido su propósito, dos agentes de la Policía se desplazaron poco más tarde a la sede del Diario de Mallorca para solicitar la entrega de un ordenador. Llegados al lugar, la directora del periódico les manifestó que no se haría entrega voluntaria del ordenador que buscaban, ante lo cual los agentes manifestaron que volverían en otro momento.
Asimismo, los citados agentes le exigieron que les facilitase las claves de acceso a dicho teléfono móvil, la tarjeta SIM y la caja fuerte de Android del mismo, que dicha periodista se vio obligada a facilitar.
Por lo que respecta al Diario de Mallorca, ese mismo 11 de diciembre se requirió al periodista de este periódico José Francisco Mestre, también por agentes de la Policía Nacional, la entrega de su teléfono móvil y sus claves de desbloqueo, después de convocarle para que acudiera a la sede de los Juzgados.
Obtenido su propósito, dos agentes de la Policía se desplazaron poco más tarde a la sede del Diario de Mallorca para solicitar la entrega de un ordenador. Llegados al lugar, la directora del periódico les manifestó que no se haría entrega voluntaria del ordenador que buscaban, ante lo cual los agentes manifestaron que volverían en otro momento.
Los afectados se ha querellado y se destacan que el auto del juez Florit "es groseramente antijurídico y carece de justificación alguna", porque además se dicta en un proceso penal destinado a investigar la autoría de filtraciones de material reservado relativo a otra causa penal, el cual, por fuerza se dirige contra autoridades o funcionarios públicos y no contra los periodistas, que no son investigados, como expresamente se les advirtió a los agentes.
Así, consideran los querellantes que el juez "ha tratado de burlar el secreto profesional 'jibarizando' artificiosamente su contenido mediante su reducción a un mero derecho a rehusar el testimonio, absolutamente inútil para alcanzar el fin de protección de la norma constitucional" si los dispositivos en los que los periodistas introducen su material de trabajo pueden ser registrados o incautados.
En cuanto a la inviolabilidad del domicilio se considera conculcada "dada la grosera antijuricidad de la entrada y registro domiciliario" acordada en el auto dictado por el magistrado, que es lesiva del derecho fundamental al secreto del periodista.
Además, la concurrencia del delito es clara, "por cuanto se ha impedido a los periodistas requeridos y a los medios de comunicación afectados ejercer el derecho al secreto profesional mediante una auto de entrada y registro e incautación arbitrario, que viola el derecho fundamental concernido en su núcleo esencial".
Así, consideran los querellantes que el juez "ha tratado de burlar el secreto profesional 'jibarizando' artificiosamente su contenido mediante su reducción a un mero derecho a rehusar el testimonio, absolutamente inútil para alcanzar el fin de protección de la norma constitucional" si los dispositivos en los que los periodistas introducen su material de trabajo pueden ser registrados o incautados.
En cuanto a la inviolabilidad del domicilio se considera conculcada "dada la grosera antijuricidad de la entrada y registro domiciliario" acordada en el auto dictado por el magistrado, que es lesiva del derecho fundamental al secreto del periodista.
Además, la concurrencia del delito es clara, "por cuanto se ha impedido a los periodistas requeridos y a los medios de comunicación afectados ejercer el derecho al secreto profesional mediante una auto de entrada y registro e incautación arbitrario, que viola el derecho fundamental concernido en su núcleo esencial".
El recurso se está tramitando ante la Audiencia de Palma, sea cual sea el resultado hemos asistido a otro más, intento de callar al periodismo critico.
Al mismo tiempo, se conoce que la policía patriótica del PP daba ordenes a los agentes de custodia de la casa de Barcenas que no intervinieran en el secuestro de la mujer de este y su hijo. Fue la Policía Municipal la que intervino. ¿A estos corruptos no se les aplica el Código Penal?
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