EN UN SUMA Y SUGUE EL KUEZ JUAN CARLOS PEINADO PUEDE HABER VULNERADO LA LEY DE PROTECCUON DE DATOS. OTRA MÁS.
El juez Peinado puede haber vulnerado la Ley de Protección de Datos al hacer públicos los nombres de testigos
Los expertos aseguran que Juan Carlos Peinado no debería haber dado ningún dato personal, y menos con la causa bajo secreto de sumario
El magistrado instructor del caso de Begoña Gómez, Juan Carlos Peinado, podría haber cometido una infracción de la Ley de Protección de Datos al hacer públicos, a través de una nota de prensa enviada a los medios antes de ser notificada a las partes, los nombres y los apellidos de los testigos que ha citado para declarar en la causa. Según los expertos en esta materia consultados por ElPlural.com, el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales es el que hace referencia al derecho a mantener secretos los datos personales de testigos, que aunque tiene limitaciones, ninguna entra dentro de lo que hizo este juez.
En los casos judiciales siempre chocan dos derechos: el de información y el de la privacidad. Normalmente, prima el derecho a la información, pero existen limitaciones, que son las que recoge el artículo anterior. Es decir, a priori un juez no puede hacer púbicos los datos personales de ciudadanos anónimos que simplemente acuden como testigos, como es este caso, ya que no son personas de pública notoriedad como podría ser un político o un empresario del Ibex 35.
Pero es que las fuentes van más allá y dicen que, “si el propio magistrado ha decretado el secreto de sumario, los datos personales no pueden trascender”. En este caso, cuando se envió la nota de prensa a través del gabinete de comunicación del TSJM, la causa estaba bajo secreto de sumario.
PERDIDO POR MIL PERDIDO POR MIL CIEN
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