miércoles, 3 de noviembre de 2021

LA SENTENCIA DEL SUPREMO CONTRA EL DIPUTADO ALBERTO RODRIGUEZ SE CONTRADICE ASÍ MISMA.UN CHAPUZA




LA CHAPUZA DE LA SENTENCIA DEL SUPREMO CONTRA EL DIPUTADO ALBERTO RODRIGUEZ MERECE SER INCLUIDA EN LA ANTOLOGÍA DEL DISPARATE. DOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL ASÍ SE LO DICEN AL PRESIDENTE MARCHENA.

La doctrina del Supremo que no sirvió en el caso de Alberto Rodríguez se impone en la absolución de un fotoperiodista

  • El titular del Juzgado de lo Penal número 8 de Barcelona aplica la jurisprudencia de no sobreestimar el testimonio de un policía cuando éste es afectado directo de los hechos
  • Recuerda en su sentencia, en la que no ve "pruebas fehacientes" contra el fotógrafo Albert García, que el acusado no es quien debe demostrar su inocencia, sino que la acusación se tiene que sustentar con pruebas

En la denuncia del policía contra Alberto Rodríguez, siete años después de haber ocurrido los presuntos hechos, "no se ven pruebas fehacientes" y, según la Jurisprudencia del TS, no es el acusado quien debe demostrar su inocencia, como ocurría con Franco, sino que la acusación es quien tiene que sustentar las pruebas.

A mayor abundamiento la doctrina del TS sostiene "de no sobreestimar el testimonio del policía cuando es afectado directo de los hechos".

En la sentencia contra Alberto Rodríguez, el TS  le condena vulnerando su propia doctrina. Y le condena  a una pena que no existe en el Código Penal -tres meses de cárcel - con la intención perversa de añadir, tramposamente, la accesoria de perdida del escaño. Esto ya es una chapuza vergonzosa, como así se lo han tirado a la cara los dos votos particulares de dos miembros de la Sala.

Lo hecho por el TS en este caso es más propio de la novela El Conde de Montecristo que de un Estado de Derecho.

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