La Fiscalía acusa al Supremo de “desdoblar” la acusación a García Ortiz por la nota de prensa
La ‘número dos’ del ministerio público presenta un incidente de nulidad y habla de vulneración de la presunción de inocencia
QUE LA SALA SEGUNDA DEL TS PONGA ESTA SENTENCIA ES UNA ABERRACIÓN JURIDACA.
La teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, ha presentado un incidente de nulidad ante el alto tribunal contra el fallo que condenó al exfiscal general del Estado Álvaro García Ortiz a dos años de inhabilitación por un delito de revelación de secretos tras la filtración de un correo relacionado con el procedimiento fiscal contra el novio de Isabel Díaz Ayuso. La actual número dos de la Fiscalía señala que se ha vulnerado la presunción de inocencia y el derecho a la defensa, que se han omitido de forma deliberada testimonios que alumbraban la absolución y que se ha desdoblado la imputación para condenar a García Ortiz también por la redacción de la nota de prensa cuando en un inicio no formaba parte de la instrucción.
En un escrito, que ha avanzado El Español y al que ha tenido acceso EL PAÍS, la fiscal dice que “el análisis probatorio de la sentencia no puede ser compartido” porque el tribunal prescindió del testimonio de “muchos periodistas” que acreditaron durante el juicio que tenían el correo del 2 de febrero (en el que el abogado del novio de Ayuso sugería un pacto de conformidad con la Fiscalía reconociendo dos delitos fiscales) antes que García Ortiz.
La sentencia, que incluyó una multa de 7.200 euros y el pago de una indemnización de 10.000 euros al empresario Alberto González Amador (pareja de Ayuso), “prescinde sin explicación”, a juicio de la fiscal, del “análisis del testimonio de muchos testigos de descargo”. Refleja que los cinco magistrados que ajustaron la condena “de un modo sorprendente” indicaron al final de su análisis que algunos periodistas tuvieron conocimiento “por fuentes ajenas” al exfiscal general del Estado del mencionado correo, pero pese a ello no otorgaron “relevancia alguna” a estos testimonios.
La fiscal se apoya en los votos particulares de las magistradas progresistas Susana Polo y Ana Ferrer, quienes abogaban por la absolución, y resalta testimonios como el de los periodistas de eldiario.es, que aseguraron tener el correo una semana antes de que le llegara a García Ortiz, o el de La Sexta que demostró con un chat interno que la cadena manejaba la información antes que el exfiscal general. “En suma, cuando el correo llegó al fiscal general del Estado ya había sido divulgado y ello está acreditado aunque la sentencia lo omite”, remacha.
“Desdoblar” la imputación
La Fiscalía en este escrito ―que tiene fecha del pasado 18 de diciembre― acusa al Supremo de “desdoblar los hechos objeto de imputación”, puesto que inicialmente la redacción de la nota de prensa no se consideró delictiva y, finalmente, se agregó como conducta punible. “Ello constituye un hecho novedoso que trastoca de modo radical el objeto del proceso, el hecho imputado, sin que de ello se haya dado oportunidad de alegación de contradicción al acusado”, señala.
Entiende la número dos de la Fiscalía que si lo divulgado “apenas incidía” en lo que ya era público, las críticas contra González Amador no hubieran cambiado mucho por no haber publicado la nota de prensa. El fiscal general del Estado “no ha tenido intervención alguna en los comentarios y críticas” contra la pareja de Ayuso por lo que resultan “difícilmente entendible”, dice, los 10.000 euros que deben abonarse por daños morales. Tampoco está de acuerdo en la condena en costas.
UNA SENTENCIA QUE DESDE LA INSTRUCCION DEL JUEZ HURTADO NO TENÍA OTRA INTENCION QUE LA DE CONDENAR. PESE A TODAS LAS EVIDENCIAS. COMO FUE PROTEGER A M. RAJOY DE COBROS ILEGALES ALEGANDO DESCONOCER QUIEN ERA M. RAJOY EN LA SEDE DEL PP. UNA VERGÜENZA PARA LA JUSTICIA ESPAÑOLA.

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