EL PODER JUDICIAL ES UNO DE LOS PODERES O ACASO ES "EL PODER" SUS SEÑORIAS SON MUY SUYAS.
Tenemos casos más que suficientes para decir que el poder judicial no respeta su lugar en la separación de poderes. Pongamos por caso las manifestaciones de los togados a las puertas de las Audiencias revestidos con togas y puñetas protestando contra una ley que no había sido aprobada por el poder legislativo a propuesta del poder ejecutivo. Una clara invasión del judicial donde tenía que estar esperando que la ley saliera en el BOE para aplicarla, según el mandato constitucional.
Tenemos el caso de García Castellón que después de cuatro años mirando y remirando y no encontrando nada un día lo vuelve a mirar, se puso las gafas, y encontró lo que no había encontrado en cuatro años.
Tenemos el caso del juez Peinado que admite a tramite, en contra del criterio del TS, qué pasa con el principio de gerarquía, una denuncia de Manos Limpias con base de recortes de periodicos falsos, desaconsejado por el TS, con la opinión en contra del Ministerio Fiscal, vulnerando el derecho de defensa de la denunciada y no considerando el informe de 180 paginas de la Guardía Civil, la OCU, que dejaba claro y diafano que la denunciada no tenía nada que ver con la denuncia, interrumpiendo a un testigo para que no contestara al Ministerio Publico, en una clara y flagrate toma de posición en la instrucción. La actitud del Juez Peinado es claramente parcial y fraudulenta, como así la ha definido Martín Pallín, que algo sabe de esto. Lo que resulte de toda su actuación poco le importa, tiene edad para jubilarse y Roma siempre paga a sus amigos.
¡Pleitos tengas y, los ganes! Pues eso ¡con algunos jueces hemos topado!
El daño ya esta hecho, con descro y chuleria. No sabemos en qué terminará todo pero el daño ya está hecho.
ESTA ES LA JUSTICIA DEL PPLa Justicia da el primer paso para imputar al juez Peinado por revelación de secretos contra Begoña Gómez
Es la segunda querella que Máximo Pradera interpuso en el marco de la investigación contra la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado el primer paso para imputar al juez Juan Carlos Peinado, que investiga a Begoña Gómez, por revelación de secretos. Así se extrae de la Diligencia de Ordenación a la que ElPlural.com ha obtenido acceso en exclusiva y que ha sido firmada este 7 de junio por el letrado de la Administración de Justicia, Enrique Calvo Vergara.
Dicha diligencia establece un plazo de cinco días para que la Fiscalía se pronuncie e investigue los hechos denunciados en la la querella interpuesta por el periodista Máximo Pradera contra el juez Juan Carlos Peinado, instructor de la investigación judicial contra la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, por posible tráfico de influencias y corrupción de negocios.
El primer paso
El paso dado por el TSJM es el primero en cualquier causa judicial antes de abrir formalmente un procedimiento penal. Ahora, esperarán a conocer la opinión del Ministerio Público, y con ese informe, se tomará una decisión sobre si imputar o no al polémico juez.
O dicho de otro modo, el TSJM ha dado traslado al fiscal de la mencionada querella para que se estudie y se pronuncie sobre si aprecia indicios de delito o no. El fiscal decidirá si secunda la querella. En cualquier caso, lo importante de este paso es que el TSJM al menos escucha al fiscal antes de decidir si admite la querella.
Querella de Máximo Pradera
Cabe recordar que el periodista se querelló el pasado 30 de mayo contra el magistrado del Juzgado de Instrucción Nº 41 de Madrid, después de presentar otra querella previa contra el jefe de prensa del TSJM, Luis Salas Fernández, en esta ocasión, por haber filtrado a los medios de comunicación la denuncia de Manos Limpias contra Begoña Gómez.
ElPlural.com tuvo acceso a esta segunda querella, en la cual Pradera se apoyó en los artículos 270 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por un presunto delito de revelación de secretos: uno, de actuaciones procesales declaradas secretas; y otro, de un particular por funcionario público. Ambos tipificados respectivamente en los artículos 466 y 417 del Código Penal.
"A través de los medios de comunicación, se tuvo conocimiento general el 27 de mayo de que el Magistrado Don Juan Carlos Peinado García, titular del Juzgado de Instrucción n.º 41 de Madrid, levantaba el secreto del sumario de la causa con número de autos de Diligencia Previas n.º 1146/24 que se sigue en su juzgado. El citado auto de 24 de mayo del Juzgado n.º 41 de Madrid es accesible públicamente a través del perfil de la red social X @aitor13023985 que se auto - denomina "Un Abogado contra la Demagogia" y, según informa, corresponde a Aitor Guisasola, letrado personado en la causa en nombre de la asociación Movimiento por la regeneración democrática de España como acusación popular, como él mismo ha hecho público", exponía la querella.
Con este telón de fondo, coincidiendo a su vez que esta Sala del TSJM es la misma que la que recibió la denuncia del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) contra la Fiscalía Provincial de Madrid por revelación de secretos en la causa contra el novio de Isabel Díaz Ayuso, Pradera reclamó las siguientes prácticas:
- Citar a declarar como investigado a Juan Carlos Peinado.
- Citar a declarar como investigado a Luis Salas Fernández.
- Librar requerimiento a la oficina de Comunicación del TSJM para que informe de la obtención de la información hecha pública, de los correos o documentos que sustentaban la información y su comunicación pública.
- Librar oficio al Juzgado n.º 41 de Instrucción de Madrid para que se remita testimonio de las resoluciones comunicadas, su fecha, su contenido y destinatarios.
- Solicitar al Delegado de Protección de datos de los Juzgados de Plaza de Castilla informe sobre los hechos y los datos que se han visto expuestos públicamente respecto del procedimiento declarado secreto y objeto de esta denuncia.
- Acordar la práctica de las diligencias que procedan para la más pronta administración de justicia y cuanto más proceda en Derecho.
Primera querella de Pradera
Tal y como se ha mencionado en líneas anteriores, el periodista, en primera instancia, se querelló contra el jefe de comunicación del TSJM, Luis Salas Fernández, por haber filtrado a la prensa la denuncia de la organización ultraderechista Manos Limpias contra Begoña Gómez.
En esta primera querella, Pradera referenció el artículo 24 de la Constitución Española, el cual reconoce el derecho a tutela efectiva de los jueces y que su incumplimiento puede decretar como inválido todo un procedimiento judicial en curso.
Begoña Gómez declarará en calidad de investigada
Fue este miércoles cuando se dio a conocer la decisión del magistrado instructor Peinado de citar a declarar en calidad de investigada a la mujer del presidente del Gobierno central, Begoña Gómez, para el próximo 5 de julio en el Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid, en Plaza de Castilla. De esta forma, la mujer de Pedro Sánchez comparecerá después de que hagan lo propio los directivos de Red.es.
La última novedad que se ha dado a conocer sobre este caso es que la Unidad Central de Operaciones (UCO) de la Guardia Civil se personó este miércoles en la sede de la sociedad pública Red.es para registrar y requisar información de la causa por orden directa de la Fiscalía Europea. Todo ello pese a que la UCO redactó un informe previamente en el que señaló de forma clara que no percibía actuaciones susceptibles de delito en los negocios de Begoña Gómez.
A estas alturas ya no causa ninguna extrañeza que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (una Sección de la Sala de lo Contencioso) anule un acuerdo de la Junta Electoral Provincial por el que se prohibía el día de reflexión (8 de junio) e incluso el día de la votación (9 de junio) el rezo del Santo Rosario en una zona próxima a la sede del PSOE. La Sala opina que un rosario ”por España y en defensa de la fe católica en todo el mundo” es algo que nada tiene que ver con la campaña electoral. ¿Habrían autorizado una carrera protestando por el cambio climático y en defensa de los animales? Causan bochorno y suscitan las naturales críticas resoluciones de esta naturaleza y otras incluso más estrafalarias. Antes de pronunciar esta insólita resolución debieron repasar las letanías y contrastarlas con las invocaciones que se hace en ellas sobre la necesidad de que la Virgen y también los jueces sean espejo de la justicia (spéculum iustitiae) y sede de la sabiduría (sedes sapintiae). Los observadores extranjeros quizá no salgan de su asombro.
VAMOS A VER EN QUE QUEDA TODO
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