viernes, 30 de junio de 2023

QUINCE AÑOS EN LA CARCEL SIENDO INOCENTE. ¿ESTO QUIÉN LO PAGA?

 

La Fiscalía se opuso a revisar la condena del hombre que estuvo 15 años preso por error

El Tribunal Supremo anunció este jueves que anulaba la condena de 1992 a Ahmed Tommouhi, pero, en un primer momento, el Ministerio Público abogó por rechazar su recurso


Un análisis de semen y una víctima que cambia de versión. Esos son los principales argumentos con los que Ahmed Tommouhi acudió al Tribunal Supremo para pedir que revisaran la condena que le mantuvo 15 años preso por violación de menores. El tribunal atendió este jueves su recurso y anuló la sentencia de 1992, pero, según refleja una resolución a la que ha tenido acceso El Confidencial, la Fiscalía se opuso en un primer momento a revisar el caso: "No procede autorizar la interposición del recurso", defendió en agosto de 2022.

 

El Ministerio Público apuntaba para ello a que el Supremo ya había rechazado revisar la condena en junio del 2000. En aquel momento, Tommouhi aún seguía preso y denunciaba una serie de pruebas que incriminaban a otra persona, pero una sala compuesta por los magistrados José Antonio Martín Pallín, Cándido Conde-Pumpido y el ya fallecido Luis Román Puerta consideró insuficientes estos argumentos: "Han aparecido algunos hechos o elementos de prueba que pudieran hacer surgir dudas o sombras sobre la participación del recurrente, pero esos elementos probatorios solo sirven para introducir incertidumbres".  Estos señores magistrados se ha cubierto de gloria, por no decir de otra cosa.

La condena de Tommouhi corría entonces el riesgo de volver a un cajón, pero, con el magistrado Juan Ramón Berdugo como ponente, el Supremo cambió de opinión. La resolución explica en este sentido que la jurisprudencia "ha ido evolucionando" y ya no se exige "acreditar la inocencia" para pedir una revisión, sino que basta con presentar "pruebas que presumible o probablemente hubiesen determinado un pronunciamiento absolutorio". El tribunal considera que en el año 2000 tampoco se tuvo en cuenta el análisis de semen ni se valoró la retractación de la víctima que lo había identificado en un primer momento, lo que implicaba añadir nuevos elementos.

Tras autorizar el recurso el pasado 19 de enero, los magistrados volvieron a dar traslado a las partes para que se pronunciaran sobre el fondo de la polémica y, esta vez sí, la Fiscalía se alineó con los argumentos de Tommouhi: "Considerando acreditada a juicio de este tribunal la concurrencia de la citada causa (...), procede anular la sentencia mencionada en el encabezamiento y devolver las actuaciones al órgano judicial competente para una nueva instrucción", respondió el fiscal Javier Zaragoza el pasado 14 de abril. El Supremo terminó por confirmar la anulación de la condena de 1992 este mismo jueves.

SE TE PONEN LOS PELOS DE PUNTA SOLO DE PENSAR QUE TIENES QUE DEMOSTRAR QUE ERES INOCENTE. COMO CON FRANCO

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